2.- ¿Cuáles son mis derechos y deberes como estudiante?
- • Derechos
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El estudiante tiene derecho a la tutela, durante el período de duración de la práctica, por un tutor académico de la universidad y un tutor profesional en la entidad colaboradora, así como a la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
Asimismo, tiene derecho a recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales. También a percibir un informe de realización de prácticas por parte de la entidad colaboradora, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
El estudiante no tendrá que recuperar horas perdidas por asistencia a exámenes o pruebas finales, así como por las correspondientes citas de orientación y seguimiento de las prácticas por parte de la universidad.
Si el estudiante promueve un convenio entre una entidad colaboradora y la Universidad de Sevilla, se le permitirá, como excepción a la norma, la asignación de una plaza de manera automática y directa. Para la concertación de un nuevo convenio, estudiantes y entidades no están sujetos a periodos temporales de inicio de prácticas.
Los estudiantes con discapacidad reconocida tendrán preferencia a la hora de escoger entre las ofertas de prácticas publicadas en cada convocatoria. - • Deberes
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El estudiante deberá ajustarse al horario, jornada y calendario laboral fijado por la entidad con la que realiza las prácticas, independientemente del calendario académico (p. ej.: periodo vacacional navideño).
El estudiante deberá conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de la universidad. Deberá mantener el contacto con este último y dirigirse a él para comunicar cualquier incidencia.
El estudiante deberá, asimismo, recuperar las horas perdidas por faltas de asistencia debidas a enfermedad, así como debidas a tutorías no relacionadas directamente con las prácticas. En general, deberá recuperarlas en cualquier caso que no figure en el apartado Derechos de la Normativa.
El estudiante debe garantizar la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con sus obligaciones académicas, formativas y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
El estudiante debe guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada esta. Asimismo, debe mostrar en todo momento una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.
En caso de renunciar a las prácticas, el estudiante deberá comunicarlo a la empresa y rellenar la solicitud de renuncia alegando las causas y aportando, en su caso, la documentación justificativa.
Renunciar a las prácticas sin causa justificada tendrá como sanción la imposibilidad de concursar en la siguiente convocatoria. Se consideran causas justificadas de renuncia a las prácticas:
a. Incumplimiento por parte de la empresa.
b. Enfermedad que requiera tratamiento hospitalario periódico.
Al finalizar las prácticas, el estudiante puede cumplimentar de manera voluntaria dos documentos ubicados en la plataforma Ícaro:
a. La memoria final.
b. Una encuesta de satisfacción final.La Instrucción 1/2024 de la Gerencia y el Vicerrectorado de Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Sevilla, de 29 de julio de 2024, sobre la gestión y control del alta en Seguridad Social por la Universidad de Sevilla de los/las estudiantes en prácticas no remuneradas, establece en su punto 2. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR EL/LA ESTUDIANTE.
2.1. A LA EMPRESA/INSTITUCIÓN DONDE SE REALIZARÁN LAS PRÁCTICAS. Al incorporarse a la práctica, la persona deberá entregar, en la empresa/institución donde la realice, el acta de selección firmada por las tres partes y copia de su vida laboral para acreditar su alta en seguridad social.
2.2. AL TUTOR ACADÉMICO. El/la estudiante, además de cumplimentar su memoria de realización de las prácticas, deberá entregar a su tutor/a académico/a copia de su acta de selección y de su vida laboral para poder ser calificado.
2.3. UNIDAD DE GESTIÓN DE PRÁCTICAS DE LA ESCUELA/FACULTAD. Para incorporarse a la práctica, además de los documentos exigidos por su centro, el/la estudiante deberá adjuntar su vida laboral en la que conste su alta en seguridad social para la realización de las prácticas, a través de los informes de situación en la Seguridad Social (informe de situación actual del trabajador o informe de tu vida laboral) disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/inicio) o documentación justificativa de la no necesidad de alta.