Académica
Es un proceso de seguimiento y asesoría al alumnado, cuya responsabilidad recae sobre el profesorado de los respectivos departamentos de la Facultad de Comunicación.
- ¿Cuáles son sus derechos?
- A recibir un certificado de su actividad académica en los términos que establece la Universidad de Sevilla.
- A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como del Proyecto Formativo y de las condiciones bajo las que se desarrollará la estancia del estudiante a tutelar.
- A tener acceso a la entidad colaboradora para el cumplimiento de los fines propios de su función.
- A la formación necesaria para su buen desempeño como tutor académico.
- ¿Cuáles son sus obligaciones?
- Asistir a la reunión informativa de prácticas a comienzos de cada curso académico.
- Firmar el Formulario de vinculación y compromiso de tutoría académica (Anexo 1).
- Contactar con el tutor profesional.
- Autorizar las modificaciones que se produzcan en el Proyecto Formativo.
- Hacer seguimiento del desarrollo de las prácticas.
- Recibir el informe final del tutor profesional, así como la memoria final.
- Valorar el informe de la entidad y el trabajo del estudiante.
- Recoger la solicitud de reconocimiento de créditos y dejar constancia firmada.
- Evaluar al estudiante según la Normativa reguladora de la evaluación y calificación de las asignaturas, mediante cumplimentación del informe de valoración.
- Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor.
- Informar al Vicedecanato de Estudiantes y Prácticas Externas de las posibles incidencias surgidas.
- Supervisar la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
- Proponer la rescisión de las prácticas previa presentación por escrito de una justificación razonada al responsable del centro de las prácticas externas.
- Apoyar la captación de entidades colaboradoras para la realización de las prácticas externas curriculares.
- Al tutor que realice dejadez de sus funciones le será impuesta una sanción, consistente en no poder tutorizar a estudiantes en prácticas hasta pasados cuatro cursos académicos.
La asignación de tutores académicos se regirá por un criterio de objetividad, a partir del orden alfabético del apellido de los estudiantes. Este orden será susceptible de alteración en caso de nuevas matriculaciones, bajas o alteraciones de los listados.
Profesional
Es un proceso de tutorización, orientación y soporte al alumnado, cuya responsabilidad recae sobre una persona empleada por la entidad colaboradora.
- ¿Cuáles son sus derechos?
- Al reconocimiento efectivo por la universidad de su labor mediante documento acreditativo expedido al efecto.
- A que se respete la confidencialidad de sus datos tratados en el transcurso de la práctica.
- A que el desarrollo de la práctica no interfiera con el normal desenvolvimiento de las tareas propias de la entidad colaboradora.
- A la interrupción de la realización de las prácticas si el estudiante incumple sus deberes, previa comunicación al tutor académico por medio de un formulario tipo facilitado por la universidad.
- ¿Cuáles son sus obligaciones?
- Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el Proyecto Formativo.
- Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
- Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
- Coordinar con el tutor académico el desarrollo de las actividades establecidas en el programa.
- Emitir el informe y encuesta final de las prácticas para cada estudiante.
- Proporcionar la formación complementaria y medios materiales indispensables que sean precisos para la realización de las prácticas.
- Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y emprendimiento por parte del estudiante.
- Facilitar al tutor académico el acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función.
- Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
- Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de sus actividades.
La asignación del tutor profesional correrá a cargo de la entidad colaboradora, que hará valer su criterio particular.
Según establece la Instrucción 1/2024 de la Gerencia y el Vicerrectorado de Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Sevilla, de 29 de julio de 2024, sobre la gestión y control del alta en Seguridad Social por las/los estudiantes en prácticas no remuneradas, en su punto 2. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR EL/LA ESTUDIANTE.
2.1. A LA EMPRESA/INSTITUCIÓN DONDE SE REALIZARÁN LAS PRÁCTICAS.
Al incorporarse a la práctica, la persona deberá entregar, en la empresa/institución donde la realice, el acta de selección firmada por las tres partes y copia de su vida laboral para acreditar su alta en seguridad social.
2.2. AL TUTOR ACADÉMICO.
El/la estudiante, además de cumplimentar su memoria de realización de las prácticas, deberá entregar a su tutor/a académico/a copia de su acta de selección y de su vida laboral para poder ser calificado.
2.3. UNIDAD DE GESTIÓN DE PRÁCTICAS DE LA ESCUELA/FACULTAD.
Para incorporarse a la práctica, además de los documentos exigidos por su centro, el/la estudiante deberá adjuntar su vida laboral en la que conste su alta en seguridad social para la realización de las prácticas, a través de los informes de situación en la Seguridad Social (informe de situación actual del trabajador o informe de tu vida laboral) disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/inicio) o documentación justificativa de la no necesidad de alta.
De forma excepcional, en el periodo transitorio en que el que no esté aprobado el listado definitivo de tutores académicos, la función del tutor académico recae sobre el responsable del Vicedecanato de Prácticas externas.