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Nota Aclaratoria de la Resolución Rectoral de 15/03/20

El Vicerrectorado de Ordenación Académica ha remitido a los Centros y Departamentos de la Universidad de Sevilla una Nota Aclaratoria de la Resolución Rectoral, de 15 de marzo de 2020, por la que se adoptaban medidas de carácter extraordinario con ocasión del COVID-19.

NOTA ACLARATORIA DE LA RESOLUCIÓN RECTORAL DE 15 DE MARZO DE 2020 POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO CON OCASIÓN DEL COVID-19, ACERCA DE LAS INSTRUCCIONES DICTADAS POR LOS VICERRECTORADOS DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y PROFESORADO PARA EL PDI DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Ante las consultas recibidas sobre diversas cuestiones académicas relacionadas con las Instrucciones dictadas el pasado 15 de marzo, se aclaran las medidas establecidas para el periodo inicial indicado, sin menoscabo de que dichas medidas se podrán ampliar o concretar en atención a la evolución de los acontecimientos y a las determinaciones de las autoridades competentes.

Es necesario señalar, en primer lugar, que estas instrucciones se enmarcan en el contexto de la grave situación por la que atraviesa el país, subrayando el objetivo principal que sigue siendo el de salvaguardar la salud de las personas que componen nuestra comunidad, pero que reclama asimismo una respuesta por parte de nuestra Institución, a la altura que se espera de ella y en consonancia con el extraordinario esfuerzo que están realizando otros servicios públicos y el resto del tejido productivo de nuestra sociedad, para limitar los efectos de esta pandemia sobre el conjunto de actividades y, en concreto, en el de la Educación superior. En este contexto, y desde la responsabilidad que caracteriza a nuestra comunidad universitaria, es donde debemos llevar a cabo un importante esfuerzo para normalizar, en la medida de nuestras posibilidades, nuestra planificación académica, y no en el obligado cumplimiento de una norma inexistente para una situación excepcional. Solo en este convencimiento se pueden interpretar las instrucciones dictadas el pasado 15 y las aclaraciones que se exponen a continuación.

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Primero: El profesorado de las enseñanzas oficiales continuará su actividad docente de manera no presencial, para lo cual se utilizarán, en la medida de lo posible, los recursos informáticos disponibles en la Universidad de Sevilla que aparecen recogidos en https://www.us.es/covid-19/us-teletrabajo para el PDI. Es conveniente que para ello se mantengan los mecanismos de coordinación habituales de las asignaturas y los títulos.

Ello conlleva que la actividad docente planificada para este periodo debe continuar desarrollándose, toda vez que ello fuera posible, por medios virtuales. Para ello la Universidad ha puesto a disposición todos los recursos informáticos disponibles para el apoyo a la docencia, lo que no implica obligatoriamente su utilización, pudiendo el profesorado utilizar otros medios que estime oportunos (e-mail, Consigna https://consigna.us.es/, etc.) para poder organizar la docencia asignada. No obstante, mantendremos con Centros y Departamentos una comunicación constante para conocer la manera de mejorar nuestros recursos didácticos en atención a la docencia no presencial y seguiremos poniendo a disposición de la comunidad el apoyo académico necesario.

Es aconsejable que para el desarrollo de la docencia en este periodo se sigan manteniendo los mecanismos de coordinación que, en su caso, se tenían establecidos en las asignaturas y en los títulos previamente a esta situación excepcional.

En el caso de las asignaturas que se desarrollen a través de un procedimiento on-line, en tiempo real, sería conveniente respetar el horario establecido en la planificación del Centro (horarios publicados de la docencia presencial) a fin de que no interfiera en la actividad de los estudiantes en las restantes asignaturas.

La DEVA, según información recibida por esta Universidad, “se compromete a reconocer en sus procesos de evaluación los cambios que los órganos de las universidades introduzcan y hagan públicos en el desarrollo de los programas formativos como respuesta a esta situación excepcional”, siempre que respondan a criterios razonables aceptados por las directrices generales de la garantía de calidad de la enseñanza online.

Segundo: Las actividades de evaluación programadas con anterioridad para este periodo en los proyectos docentes podrán mantenerse siempre que sea posible, adoptando, si es necesario, sistemas de evaluación alternativos al examen presencial o proceder a una reprogramación de los mismos en coordinación con los responsables del Centro.

Las actividades de evaluación programadas en los proyectos docentes deben mantenerse en la medida en que sean compatibles con la docencia no presencial. Si por esta circunstancia excepcional ello no pudiera realizarse, podrán adaptarse o reprogramarse en los términos necesarios para su desarrollo, de tal forma que puedan seguir realizándose las tareas de evaluación previstas que fueran posibles o, en caso contrario, buscar alternativas en función de la metodología empleada para la docencia no presencial. Para ello se señala que las comisiones de seguimiento de los títulos (Estatuto de la Universidad de Sevilla. BOUS 2, 17 de abril de 2017 art. 28.2) son las encargadas de velar por el correcto desarrollo de los planes de estudio, en coordinación con los Departamentos y con los Centros.

La REACU (Red Española de Agencias de Calidad Universitaria) en su Comunicado del pasado 18 de marzo, apela a la ética y corresponsabilidad de todos los agentes implicados para el correcto desarrollo de la impartición de los títulos y especialmente en las pruebas de evaluación en condiciones extraordinarias.

Tercero: Las enseñanzas no oficiales (títulos propios, aulas de la experiencia, IDI, etc.) podrán continuar con su actividad de manera no presencial siempre que ello fuera posible, de lo contrario se procederá a establecer una reprogramación de dicha actividad al fin de la situación de excepcionalidad.

Se continuará con la actividad docente atendiendo a los recursos informáticos puestos a disposición de la comunidad o aquellos otros que se consideren convenientes. Las enseñanzas no oficiales como las actividades de formación para el PDI y el PAS, podrán reprogramarse u organizarse para atender a las necesidades formativas que en el contexto no presencial se requieran por ambos colectivos.

Cuarto: El PDI y el PI sólo podrán acceder a las instalaciones de la US para el desempeño de su actividad investigadora, docente o de gestión que se considere de carácter ineludible, y siempre de forma voluntaria, siguiendo en todo caso las pautas higiénicas y sanitarias marcadas por las autoridades para evitar el contagio y la propagación del Coronavirus.

Para ello deberán considerarse las directrices adoptadas por la Gerencia y la Dirección de Recursos Humanos para horarios de acceso y medidas de prevención para cada Centro. En particular, la asistencia al puesto de trabajo deberá limitarse en todo caso al tiempo estrictamente indispensable para realizar la actividad de carácter ineludible señalada.

Quinto: También se mantendrán las tutorías, pudiéndose llevar a cabo mediante cualquier procedimiento no presencial. Todas las demás gestiones o actividades no docentes se realizarán sólo por vía telemática o telefónica.

La atención al estudiantado, tanto la relativa a la docencia ordinaria como la atención a los TFE, debe continuar, estableciendo las vías que se consideren oportunas en cada caso de acuerdo con las circunstancias concretas que afectan a profesores y estudiantes.

Sexto: Todas las actividades asociadas a prácticas curriculares y extracurriculares desarrolladas dentro de las instalaciones universitarias quedarán suspendidas. En el caso de las prácticas curriculares y extracurriculares que se estén llevando a cabo fuera de las instalaciones universitarias se podrán mantener siempre y cuando se puedan desarrollar por medios telemáticos y en función de la entidad externa. En el caso de que no pudieran ser desarrolladas a través de estos medios, serán reprogramadas en coordinación con la institución/empresa y los responsables académicos.

Es necesario asumir de partida, y tal y como aparece recogido en el Comunicado de REACU (Red Española de Agencias de Calidad Universitaria) de 18 de marzo, que múltiples elementos de los programas formativos, entre ellos, las prácticas, laboratorios, las prácticas externas, o los TFE se han visto alterados en este contexto.

Todas las prácticas que hayan podido continuar su actividad mediante los mecanismos no presenciales seguirán su curso, adecuándose a las metodologías necesarias de seguimiento, mientras que aquellas que bien por su carácter profesionalizante (dependientes de otras administraciones) o bien por su carácter específico, no permitan un desarrollo telemático, quedarán supeditadas a las medidas generales, que puedan derivarse de la continuidad de la declaración del estado de alarma por el Gobierno de España, en virtud del Real Decreto 463/2020. En este sentido las Conferencias de decanos-as nacionales, fundamentalmente para aquellas titulaciones que tienen prácticas profesionalizantes, rotatorios clínicos y otras prácticas similares, ya están reuniéndose con CRUE tratando de acordar mecanismos que llevemos a cabo de forma coordinada entre todas las universidades y centrando la prioridad en el estudiantado del último curso para garantizar la graduación satisfactoria. Sobre los acuerdos que se adopten se irá trabajando de forma coordinada con cada uno de los centros implicados.

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Por último, deseamos comunicarles que se ha constituido un Grupo de trabajo para los asuntos académicos que, entre otras cuestiones, atenderá todas aquellas relacionadas con el desarrollo de la actividad docente.

Ante la ampliación del periodo del estado de alarma anunciado por el Gobierno de la nación y que ofrece en estos momentos una gran incertidumbre sobre el final del mismo, el Grupo de trabajo seguirá incesantemente en la tarea de tratar de facilitar el desarrollo normal de la actividad académica, para lo cual irá progresivamente y tratará de ir dando respuestas a esta situación en la medida en que se vaya aclarando el escenario final. Para esta labor contamos con la responsabilidad y compromiso que caracteriza a nuestra comunidad universitaria.

Todas aquellas cuestiones o dudas que estime necesarias puede hacerlas llegar a vordenacion@us.es y vordenacion2@us.es para lo que es aconsejable su canalización a través de las direcciones de los Departamentos o de los Centros, según corresponda.

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La Nota Aclaratoria de la Resolución Rectoral de 15 marzo de 2020 también se encuentra disponible en el portal web de la Universidad de Sevilla: https://www.us.es/covid-19